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Ayudas para fomentar el uso de maquinaria agrícola en régimen asociativo

El lunes 13 de mayo de 2019 se publicó en el DOG (núm. 90 – Consellería do Medio Rural) la orden del 30 de abril de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la utilización de la maquinaria agrícola en régimen asociativo en Galicia, cofinanciados con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del (PDR) de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2019 (código de procedimiento MR351A). Puede consultar el anuncio en este enlace.

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de la utilización de maquinaria agrícola en régimen asociativo en Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, dentro de la medida 4 (inversiones en activos físicos), submedida 4.11 (apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas), procedimiento MR351A, así como convocarlas para el año 2019.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las cooperativas agrarias, las cooperativas de utilización de maquinaria agrícola (CUMA), las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra o las sociedades agrarias de transformación. Para eso, serán subvencionables las siguientes inversiones:

  • Maquinaria agrícola.
  • Estudios técnico-económicos de viabilidad.

No se subvencionarán:

  • La mera reposición o adquisición de maquinaria de segunda mano o usada.
  • No se considerarán subvencionables el IVA y otros impuestos.
  • Las inversiones y maquinaria o equipamientos relacionados con la transformación y comercialización de productos agrarios o forestales ni las máquinas de pequeño significado para los efectos del conjunto de los socios de la agrupación.
  • La maquinaria y los equipamientos de de carácter forestal.
  • Recolectoras de forrajes con un uso previsto menor de 500 horas anuales.
  • Maquinaria de aplicación de purines mediante sistema de plato, abanico o cañones.

El plazo para presentar solicitudes es de un mes desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

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